Santa Rosa (2b)- En medio de la crisis hídrica que padecen, o que siempre aducen padecer, desde Mendoza un reconocido abogado especialista en derecho de aguas no ocultó cuál es la razonamiento de la provincia vecina respecto al río Atuel: “Me interesa que la gente sepa que en el año 1941 La Pampa no era una provincia, era territorio nacional administrado por la Nación. Si recurrimos a la figura del Código Penal, robar es apoderarse de una cosa total o parcialmente ajena. Nació siendo totalmente mendocino y el río Atuel siempre fue mendocino, nunca fue pampeano”, dijo. A la vez, brindó un relato que concluye que en la década del 90, la provincia acordó una deuda con Nación por aquella obra, lo que determina que el río sea mendocino.
El reconocido letrado Aldo Guarino Arias, si que se mandó una nueva interpretación, o al menos no la conocíamos nosotros, para justificar el despojo del Atuel. En una nota brindada días atrás al diario de San Rafael, más allá del típico argumento que La Pampa no era provincia, agregó que en los 90 Mendoza “pagó” por la obra que hizo en la década del 40, razón por la cual el río les pertenecerá por siempre. Por eso, y porque La Pampa “no puso un peso”… ¿La que faltaba, no?
El letrado explicó el origen del conflicto por las aguas del Atuel y contó que cuando se firmó el convenio por Los Nihuiles con la Nación, La Pampa no era una provincia, y graficó cómo es el comportamiento de un río de montaña. Remarcó, respecto a la pretensión pampeana, que “tenemos la obligación de demostrarles que es un error que pretendan en el límite 4,5 m3/s.
“En junio del ‘41 se firmó el convenio entre Nación y Mendoza para construir el embalse Nihuil. En el artículo 3º se establece el objeto del convenio y dice que las obras se ejecutarán para el aprovechamiento, en primer término, de los derechos empadronados del río Atuel en la medida de lo posible, debiendo almacenar la cantidad de agua que sea técnicamente conveniente”.
Hoy me compro un río…
Según el abogado, “el artículo 7º establecía que Mendoza pueda recuperar el pleno dominio de las obras del Nihuil abonándole a la Nación lo que invierta en la construcción. Así se hizo en la década del ’90, se inició un proceso de recuperación en el que Mendoza tenía que pagarle a la Nación el importe de la obra”, señaló el letrado, brindando así su particular interpretación: el río, lo compraron.
En ese entonces, rememoró, Mendoza tenía tres juicios contra la Nación por regalías petrolíferas mal liquidadas y la deuda de la Nación era superior que lo que Mendoza debía pagarle, por lo que se recurrió a la compensación de deudas. Así, Mendoza debía 900 millones de dólares y la Nación 1.650 millones de dólares, por lo que esta última transfirió el pleno dominio de las obras a Mendoza y pagó la diferencia, con lo cual se creó el Fondo de la Transformación para el Crecimiento, que todavía existe.
“En este proceso –dijo Guarino Arias- La Pampa nunca aportó un peso. La conclusión de ese convenio permitió a los mendocinos hacer uso legítimo de las aguas del río Atuel. Si recurrimos a la figura del Código Penal, robar es apoderarse de una cosa total o parcialmente ajena. Nació siendo totalmente mendocino y el río Atuel siempre fue mendocino, nunca fue pampeano. Cuando llegaba agua a La Pampa, llegaba esporádicamente. Mendoza hizo uso legítimo de un derecho que tenía”.
La frutilla del postre
Para hacerla completita, el abogado refutó que lo que se forma en el oeste de La Pampa sea un humedal. “Son pequeñas lagunas o bañados que se forman en épocas de grandes crecidas, no hay humedal ni infraestructura de riego”.
Remarcó, respecto a la pretensión pampeana, que “tenemos la obligación de demostrarles que es un error que pretendan en el límite 4,5 m3/s sin obra o con obra, cuando no tenemos agua para nuestros agricultores. Darle 4,5 metros cúbicos de agua significa limitar a la mitad el cultivo en San Rafael y Alvear”.
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