Santa Rosa (2b)- La decisión del Tribunal Electoral de La Pampa de ordenar cambiar la foto de una candidata a gobernadora por usar un pañuelo verde y a otro candidato a borrar de su boleta el logo «por las dos vidas», además de dejar en claro la profunda grieta que subsiste en la sociedad tras la desaprobación de la ley de aborto legal, se convirtió en un caso insignia. Es que de las 9 elecciones entre PASO y generales que se desarrollan en el país hasta mayo de 2019 -todas post debate aborto- La Pampa es la primera en la que la justicia electoral ordena retirar consignas o imágenes sobre el tema. Como salvedad, en ninguno de los casos se trató de violaciones directas al artículo 62 de la Ley Nacional Electoral, sino que se ordenaron tras impugnaciones de otras fuerzas involucradas. En el caso de los «celestes», fue uno del propio palo: Juan Carlos Tierno denunció la boleta del pastor Daniel Robledo.
Entre las varias observaciones formuladas por el Tribunal Electoral a las boletas presentadas, lo más significante tuvo que ver con el pedido de cambio de la foto de Gladys Flores, candidata a gobernadora por la fuerza de izquierda «Desde el Pie», porque la militante piquense y candidata dejaba asomar un pañuelo verde, símbolo de los «pro» aborto, en la foto principal de la boleta. La decisión llegó tras la impugnación planteada por dos fuerzas, Compromiso Ciudadano y el Frejupa, que lo hicieron en torno a otros 5 logos e imágenes de distintas fuerzas.
Pero los celestes también tuvieron su porrazo electoral. El candidato de Pueblo Nuevo, el pastor evangélico Daniel Robledo, se vio forzado a retirar el logo «salvemos las dos vidas», impugnación mediante de la fuerza de Tierno, Comunidad Organizada. Pero, a la vez, también hubo otras impugnaciones contra la misma boleta y no de Tierno, en este caso por usar una frase de campaña impresa: «Militamos los que creemos», decía la boleta discutida de Robledo.
Todas las elecciones
Son 9 las elecciones en lo que va del año y hasta mayo. La Pampa abrió el calendario electoral con su interna abierta en febrero. El domingo viene nada menos que Santa Fe, el 12 nada menos que Córdoba y el 19 (sí, adivinaste, nada menos que…) La Pampa».
En todos los procesos es la primera vez que los pañuelos son objeto de discusión y, lo más importante, de decisión por parte de la justicia. Pero lo cierto es que el artículo 62 del Código Electoral Nacional es bastante impreciso en torno al tema. Si querés te lo transcribimos para que saques tus propias conclusiones. Dice:
«Las boletas deberán tener idénticas dimensiones para todas las agrupaciones y ser de papel de diario u obra común de sesenta (60) gramos como máximo, impresas en colores. Serán de doce por diecinueve centímetros (12 x 19 cm.) para cada categoría de candidatos. Las boletas contendrán tantas secciones como categorías de candidatos comprenda la elección, las que irán separadas entre sí por medio de líneas negras que posibiliten el doblez del papel y la separación inmediata por parte del elector o de los funcionarios encargados del escrutinio.
Para una más notoria diferenciación se podrán usar distintas tipografías en cada sección de la boleta que distinga los candidatos a votar.
II. En las boletas se incluirán la nómina de candidatos y la designación de la agrupación política. La categoría de cargos se imprimirá en letras destacadas y de cinco milímetros (5 mm.) como mínimo. Se admitirá también la sigla, monograma o logotipo, escudo o símbolo o emblema, fotografías y número de identificación de la agrupación política.
Lo demás, es todo materia de interpretación, que en este caso corrió por cuenta de los apoderados que plantearon las impugnaciones. De hecho, el TEP aclaró que intentó «consensuar» con todos los representantes, pero ante la persistencia de las observaciones se ordenaron los cambios en estos dos casos, entre tantos otros que ya relatamos, como por caso el de la utilización del azul, que quedó sólo para el Frejupa.
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