Santa Rosa (2b) – La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa revocó una sentencia de primera instancia en un caso laboral.
El fallo de primera instancia había respaldado la relación laboral alegada por el demandante, quien afirmaba haber trabajado como encargado de un campo en la zona petrolera de La Pampa durante casi ocho años. Sin embargo, se le negó la compensación por gastos relacionados con el uso de su automóvil personal y por trabajos de alambrador.
Ambas partes apelaron la sentencia original. El demandante sostenía que se le debía reconocer su labor como alambrador, mientras que el dueño del inmueble argumentaba que no existía una relación laboral, sino contratos de locación de servicios.
Por su parte, la Cámara de Apelaciones determinó que el juez de primera instancia había cometido un error al reconocer una relación laboral que, según su análisis, no existía. Argumentaron que la principal evidencia de esta conclusión fue la documentación que demostraba múltiples depósitos en la cuenta bancaria del demandante, realizados por el demandado. Estos depósitos variaban en montos, fechas y frecuencia, lo que sugería una relación contractual distinta a la de empleado.
Además, los testimonios presentados en el juicio no proporcionaron suficiente evidencia para respaldar la categorización laboral alegada por el demandante. A pesar de que algunos testigos mencionaron brevemente la palabra “encargado”, sus declaraciones no fueron lo suficientemente detalladas ni convincentes para respaldar la posición del demandante.
El tribunal concluyó que, en lugar de una relación laboral, lo que existían eran acuerdos de servicios autónomos entre el demandante y el demandado. También señalaron que el demandante había presentado documentos falsificados como parte de su reclamo, lo que llevó a la Cámara a remitir el caso al Ministerio Público Fiscal para una posible investigación penal por falsificación de documentos.
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