Santa Rosa (2b) – La Sala A Civil del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró admisible el recurso extraordinario presentado por Joaquín Díaz y Ana Laura Pizzani, la familia de contención que reclama revisar las decisiones tomadas durante el proceso que terminó con la adopción del bebé de Rancul.
La resolución fue dictada el 25 de septiembre y representa un nuevo capítulo en el conflicto judicial que comenzó cuando la pareja, que había cuidado al niño desde marzo de este año, cuestionó el procedimiento y pidió que se le otorgara la guarda con fines de adopción.
El recurso había sido presentado contra una decisión de la Sala B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial, que había rechazado el planteo de la familia y confirmado la continuidad del proceso adoptivo.
Ahora, el STJ consideró que la presentación reúne, en principio, las condiciones exigidas por la legislación provincial para ser analizada. Entre los argumentos planteados por Díaz y Pizzani aparecen cuestionamientos vinculados con una presunta aplicación incorrecta de la ley, la existencia de un supuesto «absurdo jurídico» y una posible violación del principio de congruencia.
Por esos motivos, el máximo tribunal provincial declaró «en principio admisible» el recurso extraordinario, en los términos previstos por el artículo 261 del Código Procesal Civil y Comercial de La Pampa.
Todavía no hay una decisión sobre el fondo
La admisión del recurso no significa que el STJ haya determinado que existieron irregularidades ni que haya ordenado modificar la adopción. Lo que hizo el tribunal en esta instancia es habilitar el tratamiento del planteo presentado por la familia.
El próximo paso será dar traslado del recurso durante diez días a las partes y organismos que participaron del proceso. Entre ellos se encuentran la Defensoría Adjunta Civil, la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes y la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de La Pampa. Luego de esa etapa, el Superior Tribunal deberá resolver sobre el fondo de los cuestionamientos.
El caso había llegado a esta instancia después de que la Cámara de Apelaciones rechazara el pedido de guarda con fines de adopción formulado por la pareja.
Díaz y Pizzani habían comenzado a desempeñarse como familia de contención del niño el 20 de marzo. En julio solicitaron judicialmente que se les otorgara la guarda con fines de adopción y sostuvieron que eran sus principales referentes afectivos. También cuestionaron la constitucionalidad de distintos artículos del Código Civil y Comercial vinculados con el régimen de adopción.
La Cámara, sin embargo, había considerado que existía una incompatibilidad entre el rol de familia de contención y la pretensión de adoptar al mismo niño. Entre sus argumentos, señaló que la pareja no se encontraba inscripta oportunamente en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos y que, al asumir como familia de contención, había sido informada sobre el carácter temporal de esa función y sobre la imposibilidad de adoptar al niño que recibiera bajo ese régimen.
El conflicto tuvo un nuevo episodio el 7 de septiembre, cuando el bebé fue retirado de la familia de contención y quedó bajo intervención del organismo provincial encargado de continuar con el proceso correspondiente.
Mientras tanto, el caso también comenzó a ser analizado en la Legislatura provincial, donde una comisión investigadora busca determinar si durante el procedimiento administrativo y judicial existieron irregularidades. Este martes, la familia de contención concurrió a la Cámara de Diputados para brindar detalles ante los legisladores que integran esa comisión.
Con la decisión del STJ, el expediente vuelve a quedar bajo análisis del máximo tribunal provincial. La resolución que adopte sobre el recurso extraordinario determinará si confirma lo actuado por la Cámara o si hace lugar a alguno de los cuestionamientos formulados por la familia.





