Santa Rosa (2b) – El juez de audiencia santarroseña, Andrés Aníbal Olié, condenó a Darío Carlos Lugo a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, como autor de los delitos de robo calificado por el uso de arma de fuego, en calidad de participe secundario; en concurso real con tenencia de arma de fuego sin la debida autorización legal, y además lo declaró reincidente.
En el legajo quedó probado que el 23 de diciembre pasado, a la mañana, Lugo –un panadero de 39 años, con antecedentes penales– “cooperó para la consumación del hecho por parte de una persona que fue declarada en rebeldía. Cooperó en el ingreso y en el desapoderamiento de bienes en el depósito de venta mayorista de fiambres, embutidos y quesos, ubicado en calle Fiorucci (…), en el cual se apoderaron de dinero en efectivo y de otros bienes que estaban en poder de las personas que estaban trabajando allí, para lo cual esgrimieron un arma similar a un revolver”, señala el fallo.
A su vez, el 24 de enero, también a media mañana, el imputado, durante un allanamiento a su vivienda, se secuestro un revolver calibre 38 que fue el usado en aquel hecho, sin que estuviera autorizado para la tenencia del arma.
El fallo fue dictado por Olié a raíz de un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre el fiscal Andrés Torino, el defensor particular Carlos Pérez Funes y el propio acusado.
Entre las pruebas que se tuvieron en cuenta para la resolución de la causa, figuras secuencias fílmicas, el testimonio de cuatro personas, las actas del allanamiento, un informe de la sección Balística Legal de la Agencia de Investigación Científica y el registro de antecedentes de Lugo.
Dos robos y violación de la cuarentena: Extienden la prisión preventiva

En otro caso, la jueza de control de Santa Rosa, María Florencia Maza, luego de una audiencia virtual de reexamen de medidas de coerción, ordenó mantenerle las prisiones preventivas de Ariel Alberto Fredes y a Germán Enzo Ramírez hasta la finalización del proceso –aunque sustituyéndola por arresto domiciliario–, en una causa donde están siendo investigados por robo simple en dos oportunidades y violación a normas sanitarias y desobediencia judicial en calidad de coautores.
En la resolución, Maza indicó que “en ambos imputados deberán permanecer en sus domicilios, sin poder egresar por ningún motivo hasta la finalización del proceso; bajo apercibimiento de ordenarse nuevamente sus detenciones”. Además dispuso que se realicen controles policiales aleatorios para controlar el cumplimiento de la medida.
La audiencia de reexamen, efectuada por videoconferencia, fue solicitada por el fiscal Facundo Bon Dergham porque estaban por vencerse las prisiones preventivas que Fredes y Ramírez tenían ordenadas por 15 días, cuando fueron formalizados por los citados delitos.
Esas prisiones habían sido dispuestas por la propia jueza Maza en la audiencia del 20 de abril, pero los defensores oficiales de Fredes (38 años) y Ramírez (31), Pablo Andrés De Biasi y María Silvina Blanco Gómez, respectivamente, las objetaron y las recurrieron ante el Tribunal de Impugnación Penal. Sin embargo, la jueza del TIP, María Eugenia Schijvarger, avaló lo actuado por la magistrada y no hizo lugar a los recursos de impugnación de las defensas.
Los imputados están siendo investigados porque presuntamente, el 18 y el 19 de abril habrían sustraído dos baterías una que estaba colocado en un Citroen Dyane y otra en un Fiat Uno; y ambos hechos habrían ocurrido estando vigente la obligación del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia del coronavirus.





