General Pico (2b Norte) – En la última jornada de juicio contra la ex intendenta radical de Realicó, Roxana Lercari, la Fiscalía solicitó la pena de un año y medio de prisión en suspenso y tres años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, acusándola de “abuso de poder” e “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
Finalizó ayer le juicio oral y público contra la ex jefa comunal de Realicó, con la incorporación de prueba documental y los alegatos de clausura ante el tribunal colegiado conformado por la jueza de control Nora Cristina Gómez (presidenta) y los jueces de audiencia María José Gianinetto y Carlos Federico Pellegrino.
La Fiscalía mantuvo su acusación de los delitos denunciados en los años 2016 y 2017, solicitando que se condene a Lercari con penas cercanas a los máximos establecidos para los delitos endilgados en el Código. La Defensa, si bien reconoció que los hechos existieron, insistió en que la ex jefa comunal realiquense actuó sin saber que cometía delitos y pidió la absolución por ambas figuras.
El fiscal general alegó que Lercari cometió “abuso de poder”, por elaborar y poner en práctic una resolución donde estableció aumentos de sueldos para ella y sus funcionarios, pero además incorporó antigüedades que no correspondían porque tomó los años como docente, en vez de considerar el tiempo que estuvo como funcionaria pública, como lo determinan las normativas vigentes.
La Ley Orgánica de Municipalidades establece que los sueldos de funcionarios deben ser establecidos por ordenanza del Concejo Deliberante. Lercari envió la resolución al Concejo en enero de 2016, pero el legislativo recién lo aprobó en julio del mismo año. Así, la ex intendenta y sus colaboradores en el municipio cobraron ese medio año sobre la base de la resolución y se consumó el delito penal, según entiende la Fiscalía.
Por otra parte, el fiscal general Agüero ratificó en el alegato la figura de “incumplimiento de los deberes de funcionarios público”, porque Lercari firmó convenios con el Gobierno Nacional de Mauricio Macri, sin contar previamente con la autorización firmada por el Gobierno Provincial, tal como lo establece el artículo 151 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1597. Este delito fue denunciado por la Fiscalía de Estado del Gobierno de La Pampa en el año 2017.
La defensa de Lercari, a cargo del abogado santarroseño Mariano Alomar, admitió que los hechos enrostrados a su defendida existieron tal como lo demuestra la documentación incorporada como prueba. Pero pidió la absolución de la ex intendenta porque entiende que actuó sin dolo, sin intención maliciosa, sobre la base del desconocimiento y mal asesorada.
Lercari habló al finalizar la audiencia de juicio e insistió en su papel de víctima de una “cuestión política” que, según su opinión, también se potenció por su condición de “mujer”.
El fallo de los jueces Gómez, Gianinetto y Pellegrino se conocerá el próximo 23 de noviembre.





