Santa Rosa (2b) Este viernes la Audiencia de Juicio confirmó una pena de 10 de prisión para Paul Claudio Santander por ser autor de abuso sexual de una niña que tenía entre dos y cuatro años. El pasado 15 de marzo, ya lo habían declarado la autoría y responsabilidad penal.
La Justicia le estableció una pena de 10 años por ser autor de abuso sexual doblemente agravado, con acceso carnal, como delito continuado, en ocasión de haber tenido la guarda de la víctima. El tribunal valoró negativamente la extensión del daño causado, que existieran otros niños en el lugar y que posea estudios universitarios incompletos. Como elemento a favor tuvieron en cuenta la falta de antecedentes registrables.
Los jueces Gastón Boulenaz y Andrés Olié y la jueza Alejandra Ongaro habían declarado la autoría y responsabilidad penal del acusado el día 15 de marzo. Luego decidieron establecer una audiencia para que las partes alegaran por la pena porque el debate se había extendido al considerarle una sanción superior a los seis años de prisión.
La siguiente audiencia se realizó el martes pasado y se escucharon ocho testimonios. La fiscala Verónica Silvana Ferrero, en base a los testimonios, solicitó 12 años de prisión y que se le mantenga la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme.
Para la pena que solicitó, Ferrero tuvo en cuenta la multiplicidad de abusos, la edad de la víctima, las secuelas que aún padece, el lugar donde ocurrieron los abusos y que “era un referente dentro del jardín y tomaba decisiones en lo cotidiano”. La fiscal expresó que “los docentes acudían a él cuando había algún tipo de inconveniente y los niños también tenían buena relación; es decir que aprovechó esa personalidad que tiene de poder entrar rápidamente en confianza con los demás, tanto con los adultos como con los niños, para poder perpetrar los hechos”.
Por su parte, la querella pidió una pena de 14 años, mientras que los defensores particulares, Mariano Alomar y Rodrigo Villa, alegaron por la pena mínima de ocho años. Al hablar, Santander, volvió a declararse inocente.
Los hechos fueron valorados en el marco de las leyes 26485 de Protección Integral contra las Mujeres, y 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.





