Buenos Aires (2b) El Gobierno Nacional reemplazó al Repro por el Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo, por el que se asignará a las empresas adheridas un monto no superior a la mitad del Salario Mínimo Vital y Móvil por cada empleado.
El Ministerio de Trabajo dispuso, a través de la resolución 420/2022 publicada este martes en el Boletín Oficial, la finalización de los programas de Recuperación Productiva Repro y Repro II, que serán reemplazados por uno nuevo denominado Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo.
La medida se dictó porque según el gobierno, se «ha cumplido con sus objetivos y expectativas de política pública de asistencia a las empresas y sectores económicos y productivos afectados con motivo de los efectos que la Pandemia de Covid-19 produjo en la economía nacional a partir de marzo de 2020».
La nueva iniciativa en cambio, consistirá en «una asignación dineraria individual a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa».
El programa establece el pago del 50% de la remuneración total del SMVyM, que en la actualidad es de $38.940. Asimismo, para percibir esta asignación, los empleados no deberán percibir una remuneración superior a cuatro veces el salario mínimo, es decir $155.760 en abril.
Los empleadores que quieran acceder al nuevo programa deberán cumplir una serie de condiciones que serán definidas por un Comité de Evaluación y Monitoreo, integrado por representantes de los ministerios de Trabajo, Economía y Desarrollo Productivo y otro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Las empresas interesadas deberán presentar un «Plan de recuperación económica, productiva y laboral» y no haber efectuado una reducción de personal mayor al 20% en la comparación interanual al momento de solicitar la asistencia dineraria, además de cumplir con un conjunto de indicadores patrimoniales, financieros y económicos.
Las empresas, sociedades y entes de los sectores públicos nacional, provincial y municipal, así como las firmas que perciban subsidios estatales de cualquiera de los tres niveles, no podrán acceder al programa.
Tampoco aquellas que hayan iniciado su actividad seis meses previos a su solicitud de inclusión en el programa, ni las que estén incluidas en el programa para el Fortalecimiento de los Equipos de Salud para la Calidad y la Seguridad (Fescas) del Ministerio de Salud.
«En el contexto actual de la economía nacional, se evidencian diversos indicadores que dan cuenta de un proceso de reactivación de la actividad económica y del empleo», sostuvo el Ministerio de Trabajo en los considerandos de la resolución.
Con el nuevo Repro, desde la cartera de Trabajo apuntan a «atender la situación de empresas o sectores que puedan transitar una situación crítica producto de su propia actividad o factores externos que lo provoquen».
Además, la resolución añadió que el programa busca tener «un procedimiento ágil que permita mantener un control suficiente, necesario, estricto y riguroso para evaluar a las empresas que quieran acceder al mismo y asignar las correspondientes prestaciones que se aprueben mediante el trámite que establezca el nuevo Programa».





