Buenos Aires (2b) El Ministerio de Trabajo resolvió que empleadores de trabajadores de casas particulares con contrato en blanco y que no tributen impuesto a las Ganancias podrán pedir el reintegro de hasta el 50% del bono de fin de año.
La resolución se conoció este viernes, y determina que las empleadoras y los empleadores que contraten trabajadoras o trabajadores encuadrados en el “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que no tributen al impuesto a las ganancias, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% del bono de fin de año previsto en el Decreto N° 841/22.
«Quienes soliciten el reintegro deberán manifestar, bajo declaración jurada, el monto total abonado a la trabajadora o al trabajador en concepto del bono. Además deberán presentar el recibo de sueldo de diciembre de 2022 con la inclusión del pago del bono y la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU)», explicó el ministerio en un comunicado.
La inscripción para solicitar el reintegro se realizará entre el 16 y el 23 de Enero de 2023, ingresando a la opción “Solicitud de reintegro – Decreto 841/22” en el Portal de casas particulares del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), precisó la cartera laboral.
Condiciones para acceder al reintegro:
- No contar en simultáneo con un empleo asalariado y una actividad económica encuadrada en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes en la categoría “c” o superior o en el régimen de trabajo autónomo.
- No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
- Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales no superior a $8.383.920.
- No ser propietario o propietaria de más de un bien inmueble, de un automotor con antigüedad menor a un año, o de más de un automotor, o de una embarcación o aeronave.





