General Pico (2b) – El Tribunal de Impugnación Penal confirmó el fallo absolutorio de Ulises Medero, el joven piquense que dio muerte a Damián Machado durante una pelea ocurrida marzo del año pasado en el barrio Ranqueles.
La Sala B del TIP, integrada por el juez Filinto Rebechi y por el juez sustituto, Gabriel Tedín, rechazó el recurso de impugnación presentado por el Néstor Mariano Sánchez, quien se desempeña como querellante en representación de la familia de Machado. El letrado consideró que en el fallo de los jueces Pagano, Pellegrino y Gianinetto, existió “inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva” y “errónea valoración de la prueba”. Por ello, requería que se revocara la sentencia y se condene a Medero a nueve años de prisión por el delito de “homicidio simple, en concurso real con lesiones leves”.
El juicio oral y público se desarrolló en el mes de abril de este año. El fiscal Guillermo Komarofky, que inició la investigación como un homicidio, llegó al debate con la acusación de “exceso en la legítima defensa”, pero tras escuchar a todos los testigos y analizar la carga probatoria decidió finalmente pedir la absolución del acusado, tras convencerse que se trató de un caso de “legítima defensa”.
El hecho ocurrió el 26 de marzo de 2022 alrededor de la 01:00 de la madrugada, cuando Medero se encontraba con amigos la plaza Zangara de General Pico. Al lugar llegó junto a tres amigos en motos Damián Machado, a quien conocía y con quien mantenía diferencias.
Machado descendió de una de las motos con un caño de pileta “Pelopincho” en la mano, siendo seguido por un amigo de apellido Ibarra, con la clara intención de atacar a Medero, quien al observar la acción buscó un cuchillo que portaba en su moto y lo esperó.
Machado se puso de frente, tiró su golpe, y Medero se agachó y de volea le asestó de frente una puñalada en su espalda, que le ocasionaría la muerte. Machado escapó herido, mientras Ibarra trató de golpear a Medero, pero éste respondió con otra puñalada que no alcanzó a lesionarlo de gravedad.
Rechazo
El juez Rebechi, quien fundamentó el fallo, rechazó los argumentos esgrimidos por el abogado querellante y ratificó la absolución del acusado, al considerar que Medero actuó en “legítima defensa”.
En dicho sentido, el TIP consideró en el debate se acreditó “la agresión ilegítima por parte de Machado hacia Medero, con intención de agredirlo con la utilización de una barra de metal; y la racionalidad del medio utilizado por el sujeto activo (Medero) para defenderse del ataque por parte de Machado y Ibarra, toda vez que la utilización del cuchillo con tal finalidad (intento de agresión con una barra de metal), justifica la utilización del cuchillo para repeler la misma”.
Y también dio por acreditado también que “en ningún momento Medero provocó de alguna manera a Machado o Ibarra para justificar el ataque de estos últimos, ya que se encontraba en la plaza con amigos y el occiso y su eventual acompañante (Ibarra) se dirigieron hacia él, con la finalidad de atacarlo con una barreta de metal y con el apoyo de Ibarra”.





