General Pico (2b) – Hugo Rubén Palacios, el hombre que mató a su sobrino en un campo de Hilario Lagos luego de descubrir que había abusado de su hijo, fue liberado en el marco de la presentación de un acuerdo de juicio abreviado que modifica el delito que se le imputaba, de «homicidio simple» a «homicidio en emoción violenta».
El avance de la investigación permitió corroborar que el delito cometido por Palacios era el señalado por sus abogados defensores, aunque todavía esta instancia la tiene que confirmar el juez de control Heber Pregno.
El 11 de julio del corriente año, en horas de la noche, cuando Palacios terminaba de cenar solo en el campo «El Rincón» de Hilario Lagos, escuchó los gritos desesperados de su hijo menor de edad y corrió hacia su habitación. Allí encontró que su sobrino, a quien le había conseguido trabajo en el predio rural y había llegado hacía poco, trataba de someter sexualmente al niño.
El joven atacante corrió hacia el exterior del inmueble y Palacios lo persiguió en una camioneta, con la que lo atropelló y le dio muerte en el lugar. Tras cometer el hecho, llevó a su hijo con su madre y allí se cruzó con un policía al que le confesó el hecho.
El hombre fue formalizado por «homicidio simple» y pasó un tiempo en prisión preventiva, hasta que en el mes de septiembre le permitieron continuar con prisión domiciliaria.
Los abogados defensores, Jerónimo Altamirano y Michel Divoy, sostuvieron desde el inicio que la persona detenida había actuado bajo «emoción violenta», pero debieron aguardar el avance de la investigación para corroborar esa teoría.
La cámara Gessel y la pericia psicológica al niño ratificaron el relato inicial y confirmaron que la víctima tenía «traumas asociados a un hecho de abuso», mientras que sus dichos fueron coincidentes con la declaración de su padre.
Con estos y otros elementos, el fiscal Juan Pellegrino decidió desestimar la imputación de «homicidio simple» contra Palacios y presentar un acuerdo de juicio abreviado, junto a los defensores, donde se le achaca la figura de «homicidio en emoción violenta» con una pena de tres años de prisión de ejecución condicional.





