General Pico (2b) – Un joven fue sancionado por conducir con cédula vencida, hacer maniobras peligrosas e insultar a personal policial en una ruta provincia. Otro conductor también fue infraccionado por manejar alcoholizado un auto y chocó un guardarrail de una ruta nacional.
El juez Maximiliano Boga Doyhenard, titular del Juzgado Contravencional de General Pico, sancionó a dos automovilistas que cometieron infracciones en localidades del norte provincial. Uno de ellos realizó maniobras peligrosas tras ser infraccionado por conducir con cédula vencida, mientras que el otro comandaba un auto con un alto nivel de intoxicación alcohólica y chocó.
Los dos casos ser resolvieron a los 10 días de producidos los hechos a través de la vía alternativa del juicio abreviado, ya que llegaron a acuerdos el Ministerio Público Fiscal con las defensas y los imputados.
En uno de los legajos, Ceferino Luciano Corbalán Villalba fue condenado a la pena de 18 días de multa, equivalente a 285.948 pesos, por ser autor responsable de infracciones a los artículos 108, inciso 1 y 80 del Código Contravencional de La Pampa, en relación con Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.
Con las pruebas reunidas quedó probado que Corbalán Villalba, de 26 años, conducía por la ruta provincial 101, en el acceso a Metileo, una Ford Ecosport con cédula de identificación vencida. En ese contexto fue requerido por un control policial de rutina y, una vez concluido, realizó maniobras peligrosas e insultó al personal.
El artículo 108, inciso 1°, del Código refiere al que «condujere vehículos o maquinarias, en rutas o en lugares poblados con exceso de velocidad, sin luces u otros requisitos que se relacionen con la seguridad en el tránsito, o confíe su manejo a personas inexpertas, o que conduzca sin carné habilitante. Según la gravedad de la falta, podrá aplicarse como sanción accesoria la inhabilitación para conducir por un término de hasta 60 días, retirándole el carné respectivo». De hecho, el imputado fue inhabilitado para conducir durante siete días.
A su vez, el artículo 80 alude «al que no observare una disposición tomada por la autoridad competente por razones legales, de seguridad pública o higiene».
El abreviado fue convenido entre el fiscal Sebastián Rawson Paz, el defensor particular Hernán Salamone y el propio acusado, quien admitió su culpabilidad.
En la otra causa, Facundo Nicolás Martínez fue condenado a 39 días de multa, equivalente a 619.554 pesos, por ser responsable de la infracción al artículo 108, inciso 1º del Código Contravencional, e inhabilitado durante 10 días para conducir.
Martínez (27 años) conducía un Fiat Cronos por la ruta nacional 188, en cercanías al acceso a Maisonnave, en estado de intoxicación alcohólica, arrojando la prueba de alcotest un resultado de 2,33 g/l.» En esas circunstancias, impactó el lateral derecho del vehículo contra un guardarail. El abreviado fue acordado entre el fiscal Rawson Paz, el defensor oficial Alejandro Piñeiro (subrogando a Mauro Fernández) y el infractor.





