Santa Rosa (2b) – En un fallo que empieza a reordenar una de las disputas más sensibles entre consumidores y grandes empresas, el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa bajó la persiana a la estrategia judicial de las administradoras de planes de ahorro: rechazó los recursos extraordinarios federales y dejó firme, en el ámbito provincial, la sentencia que obliga a recalcular las cuotas.
La decisión no es menor. En la práctica, implica que compañías como Chevrolet, Plan Rombo, Toyota Plan o Círculo de Inversores se quedan sin margen de maniobra dentro de la justicia pampeana y deberán avanzar con la ejecución del fallo que ordena reliquidar los contratos bajo parámetros más razonables.
El máximo tribunal provincial fue claro en su argumento: no hay caso federal ni arbitrariedad que justifique la intervención de la Corte Suprema. Traducido al lenguaje político-judicial, el STJ entendió que las empresas intentaron estirar el expediente más allá de lo razonable sin aportar elementos sólidos que habiliten una revisión superior.
El recorrido del expediente —conocido como “Pozniak”— venía marcando esa tendencia. Primero fue la jueza de primera instancia, que en marzo de 2024 hizo lugar al amparo colectivo impulsado por ahorristas afectados por cuotas que se habían vuelto prácticamente impagables. Luego, la Cámara de Apelaciones ratificó ese criterio. Y ahora, el STJ termina de cerrar el circuito: tampoco hay lugar para la vía federal.
Detrás del fallo hay un dato político que no pasa desapercibido. El amparo fue impulsado, entre otros, por el diputado provincial Espartaco Marín, quien rápidamente salió a capitalizar la decisión. “A nivel provincial ya no existen más instancias judiciales disponibles”, señaló, dejando en claro que el foco ahora se traslada a la ejecución efectiva de las reliquidaciones.
Pero más allá de las declaraciones, el impacto es concreto: las empresas deberán ajustar los valores de las cuotas y continuar presentando los cálculos conforme a lo ordenado por la Justicia. Es decir, pasar del litigio a la obligación.
El trasfondo del conflicto expone una tensión más amplia. Durante años, el sistema de planes de ahorro fue una de las principales vías de acceso a vehículos, pero también acumuló reclamos por mecanismos de actualización atados a precios de lista que, en contextos de inflación acelerada, dispararon cuotas muy por encima de la capacidad de pago de los suscriptores.
La Justicia pampeana, en este caso, tomó partido por ese desequilibrio. Y lo hizo con una señal institucional fuerte: no solo avaló el reclamo colectivo, sino que además blindó la sentencia frente a los intentos de las empresas de escalar el caso.
Queda, de todos modos, una última carta en el mazo empresario: la posibilidad de intentar llegar a la Corte Suprema por vía directa. Pero con el argumento del STJ —que niega la existencia de una cuestión federal relevante—, ese camino aparece cuesta arriba.
Mientras tanto, en La Pampa el mensaje ya está dado: el expediente se terminó de discutir en los tribunales y empieza a jugarse en el terreno más incómodo para las empresas, que es el del cumplimiento efectivo.




