Buenos Aires (2b) – La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió este jueves revocar la medida cautelar que había suspendido 82 artículos de la reforma laboral aprobada este año por el Congreso, restableciendo así su vigencia en todo el país. La decisión se produjo tras la apelación presentada por el Gobierno nacional contra el fallo de primera instancia dictado por el juez Raúl Ojeda.
La resolución fue firmada por la Sala VIII del tribunal, que otorgó a la apelación estatal efecto suspensivo. En términos prácticos, esto implica que la cautelar queda sin efecto mientras continúa el trámite judicial de fondo, habilitando la aplicación inmediata de los artículos cuestionados de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802).
El fallo representa un giro relevante en la disputa judicial en torno a la reforma, cuyos puntos centrales habían sido frenados tras una presentación impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT). La central sindical había argumentado que la normativa vulneraba principios constitucionales, en particular el de progresividad en materia de derechos laborales y la protección del trabajador.
Con esta decisión, el Gobierno logra recuperar temporalmente la operatividad de una porción sustancial de la reforma, considerada estratégica dentro de su programa económico y de reorganización del mercado laboral. No obstante, el conflicto judicial permanece abierto y deberá resolverse en instancias posteriores, donde se analizará la constitucionalidad de fondo de los artículos cuestionados.
En ese marco, el escenario queda planteado con una normativa vigente pero bajo revisión judicial, en un contexto de alta tensión entre el Ejecutivo y los sectores sindicales. El desenlace final dependerá de las definiciones que adopten los tribunales superiores, en un debate que combina aspectos técnicos del derecho laboral con fuertes implicancias políticas y sociales.





