Santa Rosa (2b) – La justicia dictó una cautelar para regular las prácticas de fumigaciones aéreas y terrestres, estableciendo un límite de distancia. Esta medida ya fue aplicada en las provincias de Buenos Aires y Entre Ríos. La disposición sostiene que no se podrán hacer aplicaciones a menos de 3 mil metros, en el caso aéreo, y 1095 metros, en terrestre.
La Justicia emitió una medida cautelar para regular las prácticas en todo el partido. Además, se suspendieron las autorizaciones para futuras aplicaciones aéreas y terrestres, informó el portal de noticias Info Campo.
La decisión fue del juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, quien dispuso una medida cautelar en la que estableció que las aplicaciones aéreas deben realizarse a 3000 metros y las terrestres a 1095 metros de la planta urbana.
Entre Río fue la primera provincia en aplicar este tipo de medidas. En cuanto en Buenos Aires, Pergamino fue la primera ciudad en implementarla, ya que en febrero de este año se suspendió la regulación que fijaba como zonas de amortiguamiento a ciertos lotes lindantes con sectores urbanos, residenciales y escuelas.





