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Carnet para chamuyos profesionales: La legislatura pampeana sancionó una ley para crear el registro de guías turísticos provincial

12 agosto, 2020
in General
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Carnet para chamuyos profesionales: La legislatura pampeana sancionó una ley para crear el registro de guías turísticos provincial

Santa Rosa (2b) – La Cámara de Diputados de La Pampa sancionó una nueva para regular la actividad turística en la provincia. Es así que esta normativa establece la creación del Registro Provincial de Guías de Turismo. Desde la legislatura pampeana sostuvieron que “las corrientes turísticas, que en forma creciente se dirigen a la provincia, ponen en evidencia la necesidad de contar con un marco legal adecuado que impulse el Desarrollo equilibrado y ordenado de todo el sistema” ya que se trata de “una actividad socioeconómica, estratégica y esencial para el desarrollo integral del territorio provincial”.

La nueva ley sancionada por los Diputados pampeanos impulsa la creación de un registro de guías turísticas. “El rol del guía de turismo es fundamental en la imagen y en la percepción del destino”, señalaron.

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Según lo establecido en la nueva normativa, los guías provinciales deberán cumplir los siguientes requisitos para poder solicitar su carnet único e intransferible:

  • Ser argentino nativo, por opción o naturalizado, o extranjero con más de 3 años de residencia en el país.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Probar identidad mediante presentación de documento que así lo demuestre.
  • Demostrar domicilio en la provincia de La Pampa no menor a 3 años.
  • Presentar Currículum Vitae.
  • Presentar constancia de inscripción en AFIP o certificación de trabajador en relación de dependencia.
  • Presentar certificación de antecedentes expedido por Policía Provincial.
  • Acreditar aptitud psicofísica mediante certificado expedido por médico de salud pública.
  • Presentar certificado de curso de RCP (Reanimación cardiopulmonar)
  • Presentar copia certificada de título habilitante cuando corresponda.
  • Contar con los siguientes seguros:
  1. Autónomos: Seguro de accidentes personales para el Guía y de responsabilidad civil para los turistas.
  2. Trabajadores en relación de dependencia: ART y seguro de vida obligatorio.

“El sector privado ha mencionado en numerosas oportunidades la necesidad de contar con una reglamentación y registro de la actividad profesional del Guía de Turismo”, expresaron en un comunicado de prensa los legislativos pampeanos.

Para los Diputados, la normativa “tendrá un impacto directo en el desarrollo de los distintos sectores turísticos pampeanos, dado que la mejora en la calidad de los servicios repercutirá directamente como un estímulo sobre la demanda. Esto promoverá la mejora y se traducirá en la generación de empleos y fortalecimiento de las economías regionales”.

Por último cabe señalar que la actividad de los guías de turismo está incluida en el Anexo I de la Ley Nacional de Turismo, como “ACTIVIDADES COMPRENDIDAS CONFORME LA CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL UNIFORME DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE TURISMO” en el apartado 1.4: “Servicios profesionales de licenciados en turismo, técnicos en turismo y guías de turismo”.

“Por lo expuesto, creemos que resulta oportuna la creación de este registro y la regulación de la actuación profesional de los Guías de Turismo en el ámbito de la provincial”, finaliza el comunicado.

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