Buenos Aires (2b) -A la espera que los diputados puedan consensuar un dictamen. luego de escuchar a representantes de las cámaras, desarrolladores, entidades de inquilinos y propietarios, hay inquietud en el sector inmobiliario para que pronto puedan tratarse las posibles reformas de la Ley de Alquileres N° 27.551 en el recinto del Congreso de la Nación.
Mientras tanto surge una pregunta: ¿qué pasará con los contratos de alquileres vigentes si se reformula la ley? Desde el segmento creen que se podría modificar los puntos más conflictivos, como la duración de los acuerdos (de tres años de duración regresen a dos años) y el método de ajuste (de ser anual volvería a ser semestral).
La duda, si se logra cambiar la ley, es si esas modificaciones lograrán que aumente la oferta de inmuebles en alquiler en las principales ciudades de nuestro país. Hay escasez de propiedades en locación porque muchos dueños retiraron sus unidades y reemplazaron la opción de alquiler por venderla o prefieren dejarlas vacías hasta que se aclare el panorama de la ley.
Sobre los contratos vigentes, Marta Liotto, presidenta del Colegio Profesional Inmobiliario porteño (Cucicba), indicó que “en principio, aunque se llegara a modificar la normativa los contratos mantendrán las actuales condiciones hasta su vencimiento. Sin embargo, las partes de un determinado contrato tienen la posibilidad de dejarlo sin efecto siempre y cuando la decisión sea de común acuerdo y conciliar uno nuevo en base al renovado marco legal”.
Para la gente que esté en la situación de un contrato a punto de vencer, desde el sector inmobiliario recomiendan que lo mejor sería optar por una prórroga temporal (tres o seis meses, por ejemplo), a fin de que las partes no queden atadas por tres años a un marco legal que está a punto de cambiar.
Y tanto para quienes están por renovar como para aquellos que firmarán un nuevo contrato de cero, la recomendación siempre es consultar a un corredor inmobiliario matriculado, que son quienes podrán asesorar correctamente a ambas partes para lograr el mejor acuerdo.
Por otra parte, desde el sector informan que lo más importante a tener en cuenta son las cláusulas correspondientes a la duración del contrato (que actualmente es tres años) y la metodología de actualización del valor (que es anual, y se calcula por un Índice de Contratos de Locación que regula el Banco Central de la República Argentina).
También es muy importante que se interioricen en las opciones de garantías admitidas por la Ley, y las obligaciones respecto a ellas.
Daniel Zampone, de la inmobiliaria homónima, dijo que hoy la demanda mayor es por alquileres. “Hay muy poco para ofertar y mucha demanda. Tenemos lista de espera en las empresas que formamos el sector”.
En los acuerdos actuales, para un departamento que se pagan $60.000 por mes, el inquilino accede con abonar un mes de adelanto.
“A veces entre uno y dos meses de depósito, dependiendo del propietario. Normalmente es un mes de adelanto y uno de depósito, ahí son $120.000 que necesita. Otros gastos para el inquilino no hay, porque la comisión inmobiliaria la paga el propietario y por ahí se le pueden cobrar según las inmobiliarias que lo pidan un certificado de dominio, inhibición o informe, y serán otros $10.000, y ahí culmina lo que debe abonar”, aclaró a Infobae Oscar Puebla de Puebla Inmobiliaria.
También si no tienen garantes, muchas veces el propietario para evitar conflictos a futuro acepta la garantía o fianza de alquiler privada que debe abonar el inquilino por única vez al inicio del contrato.





