Santa Rosa (2b) Guillermina Castro y María Zapata, Directora de Tránsito y Subdirectora de Inspecciones de la comuna, respectivamente, se refirieron a la reciente puesta en vigencia de la normativa que establece la prohibición total de circular, en cualquier vehículo, con una graduación alcohólica superior a cero miligramos por litro de sangre en el cuerpo.
Castro detalló que «luego de haberse aprobado por parte del Concejo Deliberante la Ordenanza respectiva, y ser luego promulgada por el Intendente y publicada en el Boletín Oficial del Municipio, quedó en condiciones de comenzar a aplicarse dicha normativa. Lo cual significa que para todos los conductores de vehículos, queda prohibida la conducción de cualquier tipo y categoría de vehículos con una alcoholemia superior al índice Cero».
Según indicó, el objeto de la normativa es ir abordando cada uno de los factores que influyen en la ocurrencia de los siniestros viales, como en este caso el alcohol.
Además, Castro indicó que se acentuará el control de decibeles en caños de escape. Según sostuvo, muchos de los vehículos que infringen la normativa circulan por las inmediaciones de los nosocomios, generando una situación traumática para muchos pacientes que se encuentran internados y requieren de mayor tranquilidad para acentuar su recuperación.
En ese punto, la Subdirectora de Inspecciones María Zapata, indicó que los vehículos que utilizan el escape libre, sin silenciador, infringen no solo una ley nacional, en cuanto a los recaudos de ruidos y emisión de gases al ambiente, sino también la ordenanza municipal N° 3846/08, donde se especifica que las motos de hasta 50 cm3 de cilindrada tienen un tope de 75 decibeles en cuanto a la generación de emisiones sonoras, mientras que para motos de más de 50 cm3 de cilindrada y vehículos automotores en general, el tope es de hasta 82 decibeles.
En ese caso, explicó que durante los operativos de control de tránsito que se realizan habitualmente en distintos puntos de la ciudad, las motos que incumplan con la medida se les retendrá preventivamente el vehículo, y luego a través del Juzgado de Faltas que es la autoridad de aplicación, se ordena el secuestro y decomiso de los caños de escapes no reglamentarios, y dado que los mismos deben salir de circulación para evitar que continúen produciendo contaminación sonora, se ordena su destrucción.
En tanto, explicó en cuanto a la restitución de los vehículos retenidos, que una vez subsanada la falta, cuando su titular se presenta provisto de un nuevo caño de escape acorde a la reglamentación vigente, el mismo puede retirar su vehículo





