Buenos Aires (2b) El Ministerio de Educación en conjunto con la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el inicio de la inscripción para las Becas Progresar.
La inscripción se encuentra abierta desde este miércoles y se extenderá hasta fines de marzo. Cabe destacar, que el programa cuenta con cuatro líneas (Educación Obligatoria, Educación Superior y Progresar Trabajo) que contemplan una asistencia que va de los $ 9000 hasta $ 10.700 para que los anotados puedan finalizar sus estudios.
Para realizar la inscripción a cualquiera de las líneas de las Becas Progresar, el trámite es completamente online. Se puede hacer a través de la página oficial o desde la App de Progresar, en el cual se puede ingresar al completar los casilleros con el usuario y la contraseña. En caso de no contar con una cuenta, debe crear una nueva.
Para completar la solicitud, debe seguir los siguientes pasos:
En “1. DATOS PERSONALES”, completar la información del postulante y hacer click en “ACTUALIZAR DATOS”.
Luego, ingresar a “2. ENCUESTA”, completar la información y seleccionar “finalizá la encuesta”.
En “3. DATOS ACADÉMICOS”, elegir la línea de beca correspondiente, rellenar el formulario y hacer click en “finalizá la inscripción”.
Una vez completado el formulario, los solicitantes pasarán por una evaluación de los requisitos, que está conformada por dos etapas simultáneas: la socioeconómica y la académica. De esa forma, el Ministerio de Educación evalúa quiénes pueden acceder al beneficio y se los notifica.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Ser argentino nativo, naturalizado o extranjero con residencia legal de cinco (5) años en el país y contar con DNI
- Ser alumno regular de una institución educativa
- Tener entre 17 y 24 años de edad cumplidos
- Estudiantes avanzadas en la carrera, hasta 30 años cumplidos
- Estudiantes de enfermería sin límite de edad
- Se extiende hasta 35 años de edad a las personas con hijos a cargo menores de 18 años pertenecientes a hogares monoparentales
- Quedan exceptuados del límite de edad las personas trans, pertenecientes a pueblos indígenas, con discapacidad o refugiadas
- Los ingresos del joven y los de su grupo familiar no deberán ser superiores a tres Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), a excepción de que los jóvenes solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez otorgada en el marco del artículo 9° de la Ley N° 13.478





