Buenos Aires (2b) – El 2025 tendrá 14 feriados inamovibles y cuatro días no laborables. Algunas de esas fechas se trasladan para darles un fin turístico. Los días no laborables no son obligatorios, por lo cual queda en cada empleador si se los concede a sus empleados o no. Estos días, en el caso de la Administración Pública Nacional, serán considerados como asueto.
El gobierno nacional oficializó el calendario de feriados y días no laborables correspondientes al 2025. A través del decreto 1027/2024 –que fija los días no laborables con fines turísticos– y la Ley 27.399 –que establece el cronograma de feriados y días no laborables–, los feriados y días no laborables del año próximo serán los siguientes:
El miércoles 1° de enero (Año Nuevo) es el primer feriado inamovible del 2025. A esa jornada le siguen en marzo tres feriados no trasladables: el lunes 3 (Carnaval), el martes 4 (Carnaval) y el lunes 24 (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia).
En abril, será feriado inamovible el 2 (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas). A su vez, el jueves 17 de abril quedó establecido como día no laborable, mientras que el día siguiente, 18, es feriado inamovible.
En el quinto mes del año, el feriado inamovible del 1° de mayo (Día del Trabajador) caerá en jueves; en tanto que el viernes 2 quedó decretado como día no laborable con fines turísticos, mientras que el 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo), que cae en día domingo, es otro de los feriados inamovibles.
A su vez, en junio, el feriado del martes 17 (Paso a la Inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes) se traslada al día anterior (16); en tanto que el viernes 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano) es feriado inamovible.
El mes siguiente, el miércoles 9 de julio (Día de la Independencia), es feriado inamovible. En tanto, el viernes 15 de agosto fue decretado día no laborable con fines turísticos, y el domingo 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín) será feriado.
En 2025, el feriado por el 12 de octubre (Día de la Raza – ex Día del Respeto a la Diversidad Cultural) caerá en día domingo. En noviembre, el viernes 21 pasa a ser día no laborable con fines turísticos, y el feriado del 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional) se traslada al lunes 24.
En el último mes del año, están contemplados como feriados inamovibles el lunes 8 de diciembre (Inmaculada Concepción de María)y el jueves 25 de diciembre (Navidad).
Cabe destacar que al no tener carácter de feriado nacional, los días no laborables no son obligatorios, por lo que cada empleador podrá determinar su aplicación. En el caso de la Administración Pública Nacional, estos días serán considerados de asueto. Tampoco se prevé que haya actividad administrativa, educativa ni bancaria, entre otras.





