Santa Rosa (2b) – El Gobierno provincial ya tramita 630 expedientes de agentes que buscan dejar la actividad antes de tiempo. El dato fue confirmado por el ISS, que estima que todavía queda un universo relevante de empleados en condiciones de sumarse al régimen.
La ley 3.581, que estableció el Régimen Especial de Retiro para agentes del Estado Provincial, Municipalidades y Comisiones de Fomento, sigue sumando adeptos a medida que se consolidan los plazos administrativos. Desde su entrada en vigencia el pasado 1 de julio de 2024, el goteo de bajas en la administración pública se ha vuelto constante.
Los números del adiós
En declaraciones a Diario Textual, el gerente del Instituto de Seguridad Social (ISS), Edgardo Cáceres, brindó precisiones sobre el avance del programa. Actualmente, existen 630 trámites de retiro en proceso, de los cuales 260 personas ya finalizaron el esquema y eligieron formalmente este beneficio para retirarse de sus puestos de trabajo.
La cifra representa un avance significativo dentro del plan de achique voluntario del Estado pampeano, aunque todavía está lejos del techo previsto por el Ejecutivo. Según los cálculos oficiales, el universo total de empleados habilitados para acogerse a este beneficio asciende a 1.175 agentes.
Los requisitos para «colgar los guantes»
La ley 3.581 establece condiciones específicas para quienes deseen abandonar la actividad antes de la edad jubilatoria ordinaria:
Edad: Las mujeres deben tener al menos 55 años y los varones 60.
Aportes: Deben contar con un total de 30 años de aportes.
Antigüedad local: Al menos 20 de esos años de aportes deben haber sido realizados específicamente al Instituto de Seguridad Social de La Pampa.
La ley tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2027 y no permite la incorporación de nuevo personal para cubrir los cargos vacantes, buscando una reestructuración. Es compatible con trabajos en relación de dependencia en el sector privado o como autónomo, pero no con cargos públicos electivos o políticos (en cuyo caso se suspende el haber).
Las Municipalidades y Comisiones de Fomento deben adherirse formalmente a la ley mediante ordenanza y convenio con la Provincia, siendo el ISS quien cubre el costo del beneficio, con retención de fondos de coparticipación si es necesario.





